lunes, 20 de febrero de 2012

ES JUSTO Y NECESARIO O "EL GRAN ILUMINADO"

Para ilusionar al pueblo y enseñarle el camino de redención no hay nada como un hermoso sermón.
Colofón de un congreso de autobombo.
Todavía no hemos vislumbrado el programa oculto pero si los métodos para acallar a las voces disonantes de la protestas.
Viendo los telediarios hemos vuelto a los tiempos"grises" cuando cualquier lucha por los derechos y libertades eran reprimidas, ahora se utiliza el eufemismo de resistencia la la autoridad, cuando toda la autoridad emana de esos que son golpeados y solo quieren sus votos el día de la elecciones.
Esa brutalidad hace perder la credibilidad que teníamos y que habían mantenido en la protestas del 15M. Pero antes había otro talante.
Cuatro años de lucha contra el poder económico, una oposición asfisiante y todos los medios de comunicación y recursos existentes para conseguir el poder.
Ya lo tiene y en vez se seguir aguantando se rinden a los designios del mercado y superan todas las espectativas haciendo una "Reforma extremadamente dura".
Más que dura es caer rendido al poder económico, utilizar a España como prueba y puente para deshacerse de la Europa del Bienestar.

Ahora queremos que "El Gran Iluminado" se digne por fin a dar la cara y diga mirándonos a los ojos no en general ambiguamente sino punto por punto, en el telediario, en el congreso de los Diputados, añadiendo, esperamos que piense realmente en ello, su coletilla "Es justo y necesario".

1) bajadas de salario y/o modificación de las condiciones laborales

ES JUSTO Y NECESARIO

el empresario ya puede bajar el salario, modificar las horas de trabajo. cambiar las funciones de los empleados o el lugar del mismo con mucha más facilidad que antes. la reforma establece que "la dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo", siempre que aluda "probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción"

si el empleado no está conforme, puede denunciar o pedir "la cuenta", ya que tiene derecho a una indemnización de 20 días por año

2) rebaja de la indemnización por despido

ES JUSTO Y NECESARIO

los 45 días de indemnización por año trabajado son ya historia, ya que los nuevos contratos llevarán sólo 33 días por año. los trabajadores que actualmente estén indefinidos conservan los derechos adquiridos hasta hoy, es decir, en el cálculo de su indemnización habrá que hacer dos cuentas: (l) desde el comienzo de su contrato hasta hoy a 45 días por año y (ll) desde hoy hasta el día de su cese a 33 días por año

sin embargo, también cabe la posibilidad de que no sea despedido por ninguna de las dos cifras, sino con 20 días por año trabajado. esto se podrá hacer si la empresa presenta resultados negativos o perspectivas de tenerlos

3) despidos masivos (eres) sin autorización

ES JUSTO Y NECESARIO

hasta ahora, los expedientes de regulación de empleo (ere) debían obtener previamente el visto bueno de las autoridades laborales. para conseguirlo, la empresa presentaba en numerosas ocasiones un acuerdo con los sindicatos en los que normalmente elevaba las indemnizaciones a cada despedido para agilizar el proceso. ahora ya no será necesario la autorización previa de la administración, por lo que la empresa tiene más poder en estas situaciones

en el capítulo de despidos masivos, también se ha abierto la puerta a que las empresas públicas puedan despedir de forma masiva a empleados públicos (no funcionarios)

4) despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo

ES JUSTO Y NECESARIO

el trabajador podrá ser despedido de forma objetiva (sin derecho a indemnización) "por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses"

no se computarán como faltas de asistencia las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de 20 días consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de salud

5) contrato indefinido con un año de prueba


el denominado contrato para emprendedores (para empresas de menos de 50 empleados) ha recibido bastantes críticas ya que en la práctica supone un contrato con un periodo de prueba de hasta los 12 meses durante el cual podrás ser despedido sin preaviso y sin indemnización

Etcetera , etcetera.


"ES JUSTO Y NECESARIO"

Han sido esta palabras las que han despertado en mi, espero que también en todos vosotros, que creara este blog, para que tengamos conciencia de todo lo que podemos perder. AMEN.

Podemos tener necesidades pero no miedo.




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